Reglamento de IA de la UE: qué vence y cuándo
El Reglamento de IA no tiene una fecha, tiene nueve. El Digital Omnibus, en vigor desde julio de 2026, aplazó los dos plazos de alto riesgo y dejó intacto el resto del calendario. Esta página sigue las fechas contrastándolas con el texto publicado en el Diario Oficial.
A quién afecta
Empresas que desarrollan, revenden o simplemente usan sistemas de IA con efecto en la Unión Europea, incluso si están establecidas fuera de ella.
- Cumplido
Entrada en vigor
El reglamento existe jurídicamente. Todavía no se aplica ninguna obligación.
- Cumplido
Prácticas prohibidas y alfabetización en IA
Artículo 5: usos vetados, como la puntuación social y el rastreo indiscriminado de imágenes faciales. Quien opera sistemas de IA pasa a necesitar alfabetización acreditada.
- Cumplido
Modelos de uso general, gobernanza y sanciones
Obligaciones para proveedores de GPAI, designación de las autoridades nacionales, organismos notificados y el régimen de multas.
- Cumplido
El Digital Omnibus sobre IA entra en vigor
El Reglamento (UE) 2026/1744 aplaza los dos plazos de alto riesgo y mantiene prohibiciones, GPAI y transparencia en el calendario original.
- Cumplido
Aplicación general y transparencia del artículo 50
Entra en vigor el resto del reglamento. El contenido sintético debe divulgarse, y quien interactúa con un sistema de IA debe saberlo.
- Próximofaltan 2 meses
Fin del periodo de gracia del marcado legible por máquina
Los sistemas de IA generativa que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 pierden la transición de cuatro meses del artículo 50(2).
- Por vencer
GPAI introducidos en el mercado antes del 2 de agosto de 2025
Los modelos de uso general anteriores a las reglas de GPAI deben adecuarse.
- Por vencer
Alto riesgo por finalidad de uso (anexo III)
Artículo 6(2): biometría, infraestructura crítica, educación, empleo, crédito y servicios esenciales. Exige gestión de riesgos, gobernanza de datos, documentación técnica, supervisión humana y registro en la base de datos de la UE.
Aplazado desde 2 de agosto de 2026
- Por vencer
Alto riesgo integrado en un producto (anexo I)
Artículo 6(1): IA integrada en productos ya sujetos a legislación sectorial de la UE, como productos sanitarios, máquinas y equipos radioeléctricos.
Aplazado desde 2 de agosto de 2027